Planes de Autoprotección
Determinadas actividades, ya sea por su aforo o actividad especifica, necesitan disponer de un Plan de Autoprotección debidamente aprobado por el Organo competente, ya sea el Ayuntamiento correspondiente o la Comunidad Autónoma.
La confección de un plan de autoprotección consiste en el estudio especifico de la actividad que se desarrolla, para establecer los equipos de personas necesarios que deben actuar en caso de emergencia. Una vez realizado se presenta ante el organismo correspondiente para su aprobación.
El plan de autoprotección se completa con la elaboración de planos del tipo «Usted esta situado en este punto», los cuales entregamos al cliente debidamente enmarcados listos para su instalación donde corresponde.