Registro Sanitario de Alimentos
Están obligadas a obtener el correspondiente registro sanitario de alimentos, aquellas empresas dedicadas a la elaboración, fabricación, manipulación y producción de alimentos para su venta y distribución fuera del local donde se elaboran, y almacenes, distribuidores o importadores de alimentos en general.
Para efectuar dicho registro, además de la documentación propia de la empresa y del titular de la misma, será necesaria la presentación de planos reflejando las instalaciones, maquinaria, mobiliario, etc del establecimiento.
Así mismo será preciso la elaboración e implantación de un sistema de control de puntos críticos, mas conocido como sistema APPCC, el cual deberá ser realizado por la propia empresa o a través de una Entidad Especializada al respecto.